Contempla para cada municipio:
- área funcional, extensión y número de habitantes.
- superficies de suelo urbano y urbanizable destinados a uso residencial y de actividades económicas por el planeamiento urbanístico, con indicación de los suelos que aún no se han construido.
- planeamiento general vigente (figura principal y modificaciones) y sus fechas de aprobación definitiva, publicación de la aprobación definitiva en el B.O.B., publicación de la normativa en el B.O.B. y acceso a ella.